La conciliación extrajudicial es un mecanismo alternativo de resolución de conflictos mediante el cual las partes, con la asistencia de un conciliador neutral, llegan a acuerdos de manera pacífica y voluntaria, evitando un proceso judicial.
Se pueden resolver conflictos civiles, familiares y comerciales, como deudas, contratos, pensión de alimentos, régimen de visitas, divisiones de bienes, arrendamientos, entre otros.
La conciliación es más rápida, económica y flexible que un proceso judicial. Además, las partes tienen mayor control sobre los acuerdos y la solución se alcanza en un ambiente de respeto y confidencialidad.
Si las partes no logran llegar a un acuerdo, se emite un Acta de Conclusión que certifica el intento de conciliación. Esto permite a las partes recurrir al Poder Judicial si lo consideran necesario.
El proceso es rápido, y generalmente se resuelve en un plazo máximo de 30 días hábiles, dependiendo de la disponibilidad de las partes y la complejidad del caso.
Sí, el acta de conciliación tiene la misma validez que una sentencia judicial y es ejecutable ante el Poder Judicial si alguna de las partes no cumple con lo acordado.
Pueden participar personas naturales y jurídicas, ya sean particulares, empresas o entidades, siempre que tengan un interés legítimo en el conflicto.
En algunos casos, como en temas familiares o patrimoniales, la conciliación es obligatoria antes de iniciar un juicio. Si recibes una invitación, es importante asistir o justificar tu inasistencia para evitar sanciones legales.